Inma,no queda clara la consulta, hay varias opciones para interpretarla:
a) Contrato de arrendamiento a nombre de los dos y declaración conjunta: Pueden deducir el 100% de los alquileres si reunen los demás requisitos fiscales para ello.
b) Contrato de arrendamiento común y declaración separada de su marido, solo podrá deducir el 50%.
c) Contrato de arrendamiento a nombre de vd y declaración separada de su marido, no podrá deducir nada.
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