Emilio conviene aclarar los conceptos, su casero está obligado a declarar esos alquileres, vd no está obligado a ello. Sin embargo si vd en su declaración de la Renta consigna como domicilio esa vivienda, hara constar que está en ella como inquilino por lo tanto la Agencia Tributaria lo tiene fácil para detectar una situacion anómala y llamar a su casero a comprobación.
No existen contratos informales, pueden ser escrito o verbales.
Si conociera más a fondo su situación económica, ingresos/gastos, podría calcular si puede acogerse a la deducción por alquiler de vivienda y el beneficio que obtendría.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/