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¿Como puedo declarar esto?
¿de que me beneficio yo?
¿estoy pagando tambien hipoteca?
me parece que es evidente que no va poder llevar esto usted sola.
tanto para el de verano como para el de invierno, debe darse de alta y pagar su Impuesto de Actividades Economicas (IAE); facturar el IVA a los inquilinos y pagarlo trimestralmente.
Le recomiendo que busque ayuda profesional (pero profesional de verdad, no una inmobiliaria!)
Pablo.
hola! muchas gracias por su respuesta .
pero la verdad es que no lo entiendo mucho .
en los meses de invierno tengo que hacer un contrato con iva al arredantario por ejemplo 250 mas iva
y esto declararlo en la declararlo de la renta
y lo de los meses de verano que es vacacional por quincenas semanas etc,, me has comentado que me tengo que dar de alta en IE que es?
soy de castellon y el apartamneto esta en benicassim provincia de castellon.
todo esto me desgrava en la declacion?
gracias
1.- Ante todo debe asegurarse de otorgar un arrendamiento no de vivienda y dependiendo de la Comunidad Autónoma cumplir la normativa administrativa en materia de alojamientos vacacionales.
2.- Este tipo de alquileres está sujeto a IVA, deberá darse de alta en IAE como arrendadora y efectuar trimestralmente las declaraciones.
3.- Los intereses de l ahipoteca son gasto deducible.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).