Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Jesus

inquilino/a

Contrato de alquiler
He leído que el contrato lleva consigo una fianza obligatoria, pero, el problema de mi hija  es que la casera la hace un contrato particular donde la fianza se la queda ella sin ir a  depositarla a ningún lado aunque eso si ella dice que luego la declara. Entonces mis preguntas son: - Es legal para mi hija a la hora de solicitar la beca de la universidad. Se la concederían sin ningún problema con un contrato  así. Ella también nos dijo que era más bien por evitarse el jaleo y las horas de espera en las oficinas de la vivienda, y yo pregunto:  - Se tarda mucho en la oficina en arreglar lo del depósito de la fianza. - Y mi última pregunta: ¿Lo puede ella, la arrendadora, redactar un contrato y solucionar todo en la oficina de depósito de fianza o ha de ser una persona capacitada para ello? 

  • Preguntado por: Jesus
  • Hace 9 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Todos los contratos son "particulares", eso no nos quita a los caseros la obligación de ingresar la fianza en nuestra Comunidad Autónoma. El contrato puede ser redactado por quiénes las partes quieran, siempre que estén de acuerdo con su contenido. No firme sin estar SUPER SEGURA. Y "solucionar las cosas" en la oficina del depósito de fianzas, es algo que no puede hacer sin ingresarla antes en la cuenta de la oficina del depósito de fianzas. Su hija puede tener problemas si no está ingresada esta fianza.  Puede que para pedir la beca, no lo sé, pero seguro que para aplicarse deducciones o desgravaciones en su declaración de IRPF si la hace o cuando la haga.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Jesús el depósito de la fianza en el organismo autónomico correspondiente no es opcional sino obligatorio en aquellas Comunidades Autónomas, casi todas, en que ha sido establecido. la falta de ese depósito es infracción sancionable y puede perjudicar al inquilino.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas