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Hola en el alquiler de mi local comercial, quiero cobrar 600€ netos por lo que al inquilino le cobro realmente 726€ que son 600 + 21% de iva que yo declaro, de ese 21% a mi me devuelven algo, o tengo que pagar mas impuestos, soy persona jubilada.
Demetrio Godoy me da la impresión que no tiene muy claras las ideas sobre el funcionamiento del IVA. Vd debe repercutir a su arrendatario el 21% en concepto de IVA, y luego ingresar trimestralmente esa cantidad una vez deducidas las cantidades corespondientes al IVA soportado al que vd tenga derecho.
Por otra parte ese inquilino de retendrá el 19% en concepto de IRPF que él se encargará de ingresar a su favor y vd lo deducirá en su declaración de la Renta el año que viene.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Si el local está a su nombre, como persona física, la factura debe incluir:
precio
+ 21% iva
- retención irpf
en su declaración de la renta, Ud. Tendrá que pagar el irpf correspondiente a la ganancia de dicho alquiler (esto es, ingresos - gastos deducibles).
saludos,