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En el contrato de alquiler consta explicitamente su destino como viviemda y se identifica a los empleados que van a residir en ella. En las deducciones aplicables del IRPF como rendimiento del capital inmobiliario, la deducción del 50% del rendimiento neto se puede realizar siempre y cuando se dedique a vivienda, no indica nada sobre la naturaleza del arrendatario ¿es correcta mi apreciación?
Como propietario, si es un alquiler de vivienda, ya sale en la declaración de la renta, automaticamente la desgravación del 50 %.