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Buenas noches: He leido que en algunos contratos hipotecarios, se restringe el alquiler y he tomado nota de la siguiente clausula que dice textualmente:
"Causas de resolución anticipada: Vencimiento aticipado por otras causas:
-Si fuese arrendada por un plazo superior al señalado para el vencimiento final del crédito, o con establecimiento de renta que pudiera disminuir gravemente el valor de la garantía, entendiéndose que concurre dicha última circunstancia cuando no se estipule cláusula de estabilización o cuando, pactándola: I) la renta anual capitalizada al tanto por ciento que resulte de sumar al interés legal del dinero un cincuenta por ciento más, no cubra la responsabilidad total asegurada con la hipoteca; o bien II) la renta correspondiente a la periodicidad del pago no cubra la cuota periódica correspondiente de amortización de capital y pago de intereses."
¿Tendría algun problema?
Gracias de antemano y saludos
Hola, Gracias por la pronta respuesta.
aclarado el asunto. Reciba un saludo.
De esa clausula, y sino existe ninguna otra limitativa en el contrato de hipoteca, se desprende que autoriza el arrendamiento, siempre que se cumplan con esas condiciones, que en resumen son que el plazo sea menor al tiempo de hipoteca (lo cual no debe ser ningún problema) y que la renta sea de mercado, y como minimo que cubra las cuotas que se pagan de hipoteca (ojo es posible que actualmente el precio de alquiler de mercado no cubra dichas cuotas). Además debe pactarse clausula de revisión de la renta.