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buenos días
mi tia ( ama de casa, 68 años, sin ingresos ) va a alquilar un local que se destinara a un bar.
el alquiler será de unos 300 euros mes ( es en un pueblo pequeño de Zamora donde solo saca algo de rendiemento en Agosto ).
y tengo las siguientes dudas que me gustaría aclarar.
1) ¿el alquiler se debe cobrar con o sin iva?
2) si la respuesta a 1) es con iva, ¿Debería hacer declaraciones trimestrales? , dado la edad de mi tia y los ingresos, no lo veo viable, habría alguna manera de &Ldquo;Evitar&Rdquo; Estas declaraciones?
3) estaria obligada a declarar estos 4000 euros aprox ( 300x12) (no es por no declararlos sino por los tramites que implica), en que concepto, he buscado y he encontrado lo siguiente
4) ¿cuánto seria la tributación es estos 4000 euros aprox si no tiene otros ingresos ¿
rentas inmobiliarias imputadas que procedan de un único inmueble, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1. 000 euros anuales.
muchas gracias por adelantado.
saludos. -
espera a que salga mi respuesta, te lo explico bastante detallado
Muchas gracias por su pronta respuesta.
para esta situación, ¿Cuanto es el iva a aplicar?
gracias y saludos. -
Siempre cabe la posiblidad de no declarar nada y esperar a que hacienda descubra el fraude ( que lo hará sin tardar )y actue en consecuencia (inspeccion y multa)
pero este es el proceso legal para hacerlo:
si la renta pactada es de 300€ la cantidad a cobrar es cada mes 291€
su tia debe hacer Una factura legal (que no es lo mismo que un recibo) en la que se detalle:
numero de factura, datos del arrendador y del arrendatario (incluido el n. I. F. De cada uno de ellos)
el importe de la renta 300€
el 18% de i. V. A. + 54€
el 21% de retencion a cuenta del i. R. P. F. - 63€
total a cobrar 291€
posteriormente
1º su tia debe ingresar el i. V. A. Trimestralmente (a traves de un banco) 54€x3meses = 162€ mediante el impreso 303 debidamente cumplimentado.
2º el inquilino deberá ingresar las retenciones del i. R. P. F. Trimestralmente 63€x3meses= 189€
3º el inquilino debe facilitar al casero un certificado de haber realizado los ingresos correspondientes al i. R. P. F.
4º cuando el casero realice la declaracion del i. R. P. F. Tendrá derecho a la devolucion (si procede segun el resto de sus ingresos) de pagado trimestralmente por el inquilino como retencion a cuenta del i. R. P. F.
es bastante sencillo, pero le aconsejo que acuda a un asesor fiscal Para hacerlo la primera vez.
Si la renta pactada es de 300€ la cantidad a cobrar es cada mes 291€
su tia debe hacer Una factura legal (que no es lo mismo que un recibo) en la que se detalle:
numero de factura, datos del arrendador y del arrendatario (incluido el n. I. F. De cada uno de ellos)
el importe de la renta 300€
el 18% de i. V. A. + 54€
el 21% de retencion a cuenta del i. R. P. F. - 63€
total a cobrar 291€
posteriormente
1º su tia debe ingresar el i. V. A. Trimestralmente (a traves de un banco) 54€x3meses = 162€ mediante el impreso 303 debidamente cumplimentado.
2º el inquilino deberá ingresar las retenciones del i. R. P. F. Trimestralmente 63€x3meses= 189€
3º el inquilino debe facilitar al casero un certificado de haber realizado los ingresos correspondientes al i. R. P. F.
4º cuando el casero realice la declaracion del i. R. P. F. Tendrá derecho a la devolucion (si procede segun el resto de sus ingresos) de pagado trimestralmente por el inquilino como retencion a cuenta del i. R. P. F.
ese es el proceso legal para hacerlo, siempre cabe la posiblidad de no declarar nada y esperar a que hacienda descubra el fraude ( que lo hará sin tardar )y actue en consecuencia (inspeccion y multa)
Siendo un local, sí, debe incorporar el iva a la factura y hacer la declaración trimestral. Y no, no hay ninguna forma de evitar esas declaraciones