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Hola,
a finales de julio de esta año, rescidimos el propietario y yo el contrato de arrendamiento, el la firma de la rescisión me hicieron firmar la aprovación de unos desperfectos que no causé.
Les estoy solicitanto las facturas detalladas de las reparaciones y no contestan.
Que puedo hacer?
habia pensado en enviarles un sms, posteriormente un burofax o un un burotext y sino responden proceder con un procedimeinto monitorio.
El importe son 850€.
Alquilé el piso a través de una inmobiliaria.
No tengo dinero para un abogado, pero tengo entendido que para este porcedimiento no es necesario, pero si pierdo, he de pagar algo? si el monitorio deriva en juicio oral y pierdo he de pagar algo?
Creeis que tengo posibilidades de que me devulevan la fianza o harán facturas falsas para justificar la no devolución?
Tengo suministros pendientes de pago, pero no con ellos, sino con la empresa suministradora, no me pueden reclamar esto, verdad? entiendo que la deuda es con la empresa de suministros.
Lo que procede en este caso, es el recurso de resignación, esto es, que te resignes a que perdiste tu dinero. Pues para reclamarlo te va a salir mas caro el caldo que las albondigas. Si pierdes en un juicio, pagas al vencedor los gastos causados.
Muchas gracias por su respuesta.
las condiciones en las que acepte firmar los desperfectos fue de coaccion, ya que si no firmaba la aceptacion de los desperfectos ellos no firmaban la rescision del contrato, por lo que se prologaria y me reclamarian las cantidades correspondientes.
que puedo hacer?
Hola,
Si firmó el contrato de fin de arrendamiento aceptando unos deperfectos el arrendador está en la obligación de entregarte las facturas, si no lo hace reclámaselas por burofax con certificación de texto, y si no te las facilita es cuando le tienes que poner el monitorio, si pierdes no pasará nada, y si ganas recuperarás tu dinero.
Contesto por orden:
1.- La reclamacionespor telefono o email no suelen dar resultado.
2.- Un juicio monitorio no se pierde por quien lo inicia y efectivamente no necesita de profesionales para instarlo.
3.- En un jucio verbal de 850 euros normalmente no se producen costas repercutibles al perdedor.
4.- Habría que conocer los términos en que aprobó esos desperfectos,la facturas falsas no acreditan nada.
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