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Tengo un contrato de alquiler de una casa por 6 meses, mediante una agencia de alquiler. Normalmente debo dejar la casa el próximo mes, pero quiero permanecer además, quiero hacer una prolongación en mi contrato de alquiler, es posible? y en este caso, debo dar un comisión para la agencia o no?
Características de un contrato de arrendamiento de vivienda: El contrato de arrendamiento de temporada está englobado dentro de los contratos arrendamiento de uso distinto de vivienda, ya que el destino primordial de este arrendamiento no es satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. El contrato de temporada es aquel que se formaliza por una temporada concreta y tiene que figurar de una forma clara en el contrato, esta temporada puede ser de 15 días, seis meses....e incluso de un año. Lo importante es que la persona o personas que viven en ésta no arrienden con vocación de vivienda habitual sino por un periodo en el que tengan que hacer algo concreto. Ejemplos: 1. Juan arrienda un chalet para el mes de mayo en Ibiza para pasar sus vacaciones. 2. Ana es enviada por su empresa durante 9 meses a Madrid para que realice un estudio histórico completo sobre el Madrid de los Austrias. 3. Pedro va a estudiar un master de 1 año en un centro privado de Madrid. Es decir casos en los que una persona vaya a vivir en un lugar por un tiempo concreto, por una causa determinada y por una razón determinada de una manera provisional siendo una necesidad temporal de residencia no con vocación de permanencia en el tiempo.
Solicite a la agencia una prolongación, pero la agencia no tiene porque´dársela.
Saludos
Vera Grande Alonso
Abogado