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Tengo un interesado que me quiere alquilar un piso por un importe durante seis meses. Yo pido más por el piso, pero por seis meses me va bien cobrar eso. El inquilino no quiere contrato de temporada por temas de Hacienda y Colegios de los niños, pero a mi no me interesa alquilarle por ese precio más de seis meses.
¿Puedo poner una clausula en el contrato que el precio sube a partir del 7º mes?
Karlangas, queda muy bonito, pero yo, q no soy abogado, ya veo unos cuantos problemas
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De Karlangas para Víctor:
Pongamos que:
---La renta deseada por usted es de 1000 euros/mes,
---La renta que su inquilino puede pagarle es de 750 euros/mes,
---Por la razón que sea, usted, Víctor está dispuesto a aceptar esa renta de 750 euros, pero sólo durante los 6 (seis) primeros meses.
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Una buena solución, para el caso, es:
---Usted y su inquilino firman, en el mes que sea, pongamos que es el mes (nn), un contrato totalmente normal… de vivienda habitual… sujeto a la lau,…
---Cubriendo, de forma normal, los importes por posibles desperfectos que pudiese haber ocasionado el inquilino antes de abandonar el piso,
---Con una cláusula de desistimiento muy favorable al inquilino si se va a los 6 meses, de edad el contrato,
---Esa cláusula podría ser más… normal si el desistimiento se produce después de los 6 seis meses,
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---El importe de la renta inicial real (la que figura en el contrato) será de 1000 euros
---El importe de la fianza que se menciona en el contrato, que usted recibirá del arrendatario y que usted Depositará en el organismo correspondiente es de 1000 euros.
---Actualización del importe de la renta por el ipc, si ha lugar, tras el primer año de alquiler, será la que corresponda aplicar, en el mes aniversario del contrato según haya publicado el ine, en su web
---En el contrato hará constar que durante los seis meses -Que van desde el mes (nn) hasta el mes (n + 5), ambos inclusive- el arrendador concede al arrendatario, un abono de 250 euros, cada mes, que se auto-liquida el arrendatario mediante dejar de pagar la cantidad de 250 euros…
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&Hellip; cada mes, durante esos seis meses. Es decir que esos seís primeros meses el arrendatario ingresa tan solo 750 euros.
Optando por esta solución:
---Todas las cifras cuadran, en todo momento, según los deseos de arrendador y arrendatario,
---Si el arrendatario quiere irse -Al finalizar los seis primeros meses del arrendamiento- no hay ningún problema que no pueda ser resuelto entre la partes.
--Si por el contrario, el arrendatario, pasados esos seis primeros meses se anima a quedarse y pagar (de forma real los 1000 euros que Víctor quiere cobrar, no hay ningún problema que resolver.
---Si eso ocurre, todo está ya previsto para que pueda actualizarse la renta cuando Corresponda.
Víctor: confío que lo que antecede, le ayude.
Karlangas.
11. 06. 2011
Hola Amparo:
El ejemplo que expone podría ser válido, pero en mi opinión podría ser objeto de conflicto entre las partes durante la vigencia del contrato, pues se puede entender que, pese a la facultad de desistimiento durante los 6 primero meses, lo que se ha pretendido en realidad es obstaculizar las prórrogas del artículo 9, ya que en todas y cada una de ellas la renta será la pactada - aparte de las actualizaciones conforme al IPC - durante el resto de vigencia del contrato - mínimo 4 años y 6 meses -.
Reciba un cordial saludo
¿Ves algún inconveniente en esto jan? Gracias:
Podría hacerse el contrato por un año por 1000 permitiendo el desistimiento anticipado a los 6 meses, y añadiendo un anexo rebajando la renta a 500 durante los primeros 6 meses.
obviamente las cantidades 1000 y 500 son meros ejemplos.
saludos - Papeleos Alquiler.
Hola victor:
la respuesta a su pregunta es Negativa.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es