Lamento comunicarles que cuando ya se han cumplido los 5 primeros años de vigencia del contrato, el propietario no está sujeto a ningún índice en la actualización de la renta, existiendo libertad de pacto entre las partes. La verdad es que no me parece un aumento excesivo de la renta arrendaticia.
Bufete Jurídico Jover
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