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Claudia

inquilino/a

Subida precio alquiler con meses atrasados
Hola, Contrato firmado a partir del 1 de agosto 2017. Clausula de contrato dice que la subida de precio es según el ICP. Llega una carta con fecha 16 de septiembre 2019 pidiendo el importe total de la subida de cada mes desde agosto 2018 hasta septiembre 2019 (según el ICP). El arrendatario esta en derecho de poder pedir dinero retroactivo? O solo puede esperar que se acabe el año? Muchas gracias
  • Preguntado por: Claudia
  • Hace 5 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
Mònica ha sido el primero en contestar
Mònica ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La actualización se hace en los cumpleaños del contrato.
    Pero no se pueden pedir atrasos. La ley dice que el inquilino está obligado a pagar la actualización a partir del mes siguiente al que se lo hayan comunicado.
    Saludos.
  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenos días,  Solo le puede reclamar desde el momento que le notifica, no las rentas anteriores: 
    Artículo 10 LAU:
    La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística


    • Respondido por: Mònica
    • Hace 5 años
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