Gisela me temo que no ha leido atentamente la ley de arrendamientos urbanos, en la actualidad, salvo que en el contrato se pacte otra cosa, la duración máxima, exigible por el inquilino, es de tres años.
En este momento, por lo tanto a no ser que SOLVIA le haya hecho el preaviso incorrectamente, en cuyo caso tendrá derecho a un año más de prórroga, si ese preaviso es correcto en tiempo y forma, deberá marcharse cuando cumpla tres años su contrato.
En cuanto a lo de "me aseguraron" debería leer el primer punto de
EL DECALOGO DEL INQUILINO