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Luigi

casero/a

mi inquilino es una caja de sorpresas
Hola,  tengo un piso alquilado en Barcelona, pero vivo en México. Este otoño el inquilino me informó que se mudaba ya que había comprado piso. Le pedí que me pusiera todo por escrito según ley, ya que seguia cambiando fecha ( 1 de diciembre, o 15 de diciembre, o 1 de enero....). Finalmente escribió y firmó que sale el 7 de diciembre. Compré billete de avion i/v desde México, anuncié el piso, tengo ya plan de visitas, todo listo para alquilar y volver a mis business acá, y.....ayer me escribe que para problemas con su piso, no va a salir hasta el día 15 de diciembre, justo la fecha de mi billete de vuelta  México. Si le sigo la corriente, tengo que tirar el billete, comprar otro (que saldrá muuucho as caro) y empezar desde 000 con el alquiler (ya que los contactos que tengo ahora los voy a perder seguro). Que otra opción tengo? Se les pueden pedir daños y prejuicios? Como los cuntifico? (incluyendo gastos de hospedajes en bcn...)
Gracias por la ayuda!
  • Preguntado por: Luigi
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La obligatoriedad de cumplimiento existe, lo que ocurre, como en otros muchos casos, es que si el obligado no cumple voluntariamente hay que acudir al Juzgado para que lo haga. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Luigi

    casero/a

    Muchas gracias... efectivamente esto de meterme  por vias legales es la ultima opción, si no hay otra salida... entre billete transoceanico y hospedaje, y sin considerar mi tiempo y los posibles inquilinos perdidos, esto puede superar los 2000e El tema que me parece increible es que no sea "obligatorio" que alguien que anuncia por escrito la terminación, tenga que respetar fechas. Esto causa unos daños en cascada de mucha consideración (alguien otro que quisiera tomar el piso, pero no puede, y tiene que cambiar sus planes, provcando otros problemas, etc etc). Al ser así, ¿a que sirve la notificación de fin de contrato?
    • Respondido por: Luigi
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El sistema de cuantificación de daños y perjuicios es el correcto, lo que ocurre es que luego debe darlo por bueno un juez, y eso no es tan sencillo, sobre todo si la parte contraria se opone.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
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