Patricia el sunto se puede enfocar de dos maneras:
a) Marchándose usted a otra vivienda, solo tiene que preavisar con treinta días. El casero no puede penalizarle, salvo que en el contrato figure una cláusula de penalización, cosa que usted no dice.
b) Exigiendo al casero que cumpla su obligación de facilitarle el disfrute pacífico de la vivienda arrendada, para ello necesitará un informe técnico de que esas humedades, no son por negligencia de usted, y hacen inhabitable la vivienda.
Pedro Hernández Olmo, abogado