El casero no me devuelve la fianza del alquiler de habitación
Hola, El 1 de agosto suscribí un contrato de habitación, deposité la fianza de 250¬ y pagué el mes de agosto (250¬ con gastos incluidos). Hace unos días me aceptaron en una residencia universitaria pública y comuniqué al arrendador que iba a rescindir el contrato. En el contrato no hay ninguna cláusula sobre periodo de preaviso. Acepto la rescisión y me dijo que le pasase mi nº cuenta para devolver la fianza. El día que fui a recoger mis cosas el arrendador estaba de vacaciones, asi que me dijo que dejara las llaves dentro de la habitación. Asi hice: saqué fotos de todo (pared, mobiliario...) con marca de hora y fecha; redacté un documento comunicando la entrega de llaves y llamé a un vecino que firmó para que confirmase que allí quedaban. Todo esto (fotos y documento) lo envié por correo electrónico certificado. El casero no responde a mis mensajes y no me devuelve la fianza. Desapareció. La resolución del contrato fue aceptada expresamente via WhatsApp y llamada grabada. ¿Qué hago? ¿Inicio un monitorio? Creo que tengo las cosas a mi favor. ¡Gracias! :)
Preguntado por:
Adrián
Hace 5 años
Categoría: Todas
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
PHOLMO
profesional
Adrián, efectivamente si la justicia funcionara correctamente eso sería lo lógico, pero se expone a presentar el monitorio y que pasen meses hasta que le digan que es improcedente.
@Pholmo gracias por la respuesta. Por lo que he leído, el proceso monitorio es para reclamar deudas que sean cuantificables, líquidas, vencidas y dinerarias. En el caso de una fianza entiendo que es cuantificable, dineraria y líquida (250 euros) y que ha vencido su cobro pues tendría que haberse producido tras la entrega de llaves y devolucion de posesión. Medios que permitan acreditar la deuda creo tener: recibo de entrega de fianza, documento firmado por mí y un tercero donde se indica que se devuelven las llaves, contrato original, fotografías con marca de hora, conversaciones de WhatsApp y las llamadas grabadas. Decía si compensaba un monitorio porque tengo entendido que es más rápido que un juicio verbal y que si el monitorio no prospera puedo acudir al verbal Muchas gracias por la explicación :)
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