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mariapousara

inquilino/a

Cuales son mis derechos
mi suegra tiene un contrato de alquiler del año 2000 de cinco años prorrgable cada año hasta 3 sin prórrogas por escrito hasta día de hoy pero con el cobro mensual del alquiler en efectivo por el mismo dueño con recibo. Hace 2 meses que este sr no cobraba el alquiler alegando problemas de administración. Mi suegra aún así le mando un giro con los alquileres devolviéndolo el último día de plazo del mismo. Anteayer se presentó una empresa que dice que es el nuevo propietario del edificio y que mientras no sabe hacer con el les da un número de cuenta para los ingresos del alquiler. Ósea que el otro propietario lo vendió a las espaldas y sin previo aviso a los inquilinos.. Por lo que mi suegra puso ese mismo día una denuncia a el por mala praxis.  Cuales son ahora sus derechos ..es legal su contrato a día de hoy .. pueden echarla ..

  • Preguntado por: mariapousara
  • Hace 7 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • mariapousara

    inquilino/a

    Y entonces me suscita otra duda sr. De Pholmo la fianza depositada al comienzo del contrato quien me la devuelve el nuevo propietario o él antiguo propietario..Por que si no estoy legal y el antiguo propietario ya no está tendría que haber liquidado .
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marìa no cobrar el alquiler con intención de propiciar un desahucio, como le han dicho, no es un delito susceptible de denuncia, por otra parte efectivamente los contratos verbales son válidos, pero hay que acreditarlos, lo que no parece fácil en la situación que describe 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • mariapousara

    inquilino/a

    Pero está claro que el no querer cobrar los alquileres da a entender de mala práctica con intención de segundas.... Y qué pasa con los contratos verbales no son de hecho contratos legales ?
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Podían echarla antes y ahora (su contrato está en tácita
    reconducción desde 2008, es decir, prórrogas anuales si en el contrato la renta se pactó anual o mensuales si se pactó mensual)

    El arrendador está en su derecho de vender el edificio entero y eso (la venta del edificio entero) no confiere ningún derecho de adquisición preferente a los inquilinos (lea el artículo 25-7 de la LAU).
    Respecto a denunciar, no veo ningún delito denunciable incluso aunque no fuera de aplicación el artículo antes citado. Sería una demanda civil, a resolver en el juzgado con intervención de abogado y procurador.

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