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Antonio

casero/a

Clausula
Hola buenas, mimi pregunta es si se puede poner una cláusula por impagos ya  mi inquilina cada dos o tres meses me retrasa el pago del alquiler.  Gracias
  • Preguntado por: Antonio
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antonio esa clásusula podrá ponerla en el próximo contrato que haga, en el actual tendrá que conformarse con os que firmaron, de todas formas no es necesaria, puede usted notificare a la inquilina que no va a tolerar más retrasos y "recordarle" no "amenazarle" que el retraso habitual en el pago puede ser motivo de desahucio, le dejo un enlace que le amplía este criterio:
    Los requisitos del retraso del alquiler como causa de desahucio

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Claro que se puede poner una cláusula referente al impago, cosa distinta es que el contenido de la misma sea el que uno considere...éste debe respetar la normativa aplicable en materia arrendaticia. 
    Un saludo
    PdC Sociedad Inmobiliaria.
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