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Pedro

inquilino/a

Validez de criterio de actualización en contrato impreciso
De cara a realizar una actualización del precio de la renta mi casero desea actualizarlo por el índice de precios de la vivienda del tercer trimestre del 2016.
El   contrato es del 2012 y figura como cláusula que la renta se revisará anualmente de conformidad con el "índice de precios de alquiler de viviendas". Ese índice como lo escribe literalmente no existe y más aún cuando el índice de alquiler de vivienda se refiere solo a la compraventa.
¿Es válida esa cláusula o deberíamos   remitirnos al IPC?   Muchas gracias
  • Preguntado por: Pedro
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro

    inquilino/a

    Muchas gracias a los dos por sus respuestas. Me han resultado muy esclarecedoras.   Amparo con las prisas realmente leí mal, la referencia buena es la que citaba en el primer comentario. El contrato es anterior al 2013. He buscado la ley en el BOE y en el artículo 18, menciona lo que usted dice que la referencia obligatoria es el IPC. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003&b=24&tn=1&p=19941125#a18 Es a partir de la actualización del 2013 cuando los en los contratos las partes pueden pactar el sistema de actualización, Tengo una pregunta más si son tan amables. Si la actualización toca en un mes y se comunica 4 meses más tarde ¿eso la invalida de alguna forma? Muchas gracias   Un saludo
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con Amparo, efectivamente no existe, o al menos yo no lo conozco, un "Índice de precios de alquiler de viviendas" pero dudo que un juez lo declarara así, existiendo un Indice Nacional de Vivienda en Alquiler, aunque la denominación no sea exactamente igual, el costo de esa averiguación puede ser importante para el perdedor.
    Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A mi me parece muy claro que se refiere a ese índice (alquiler de viviendas).

    No obstante, si no llegáis a un entendimiento... será el juez el que diga lo que le parece a él.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En tu pregunta decías que el contrato era de 2012, por eso mi respuesta.

    Si es posterior ve a este enlace
    http://www.ine.es/varipc/

    En la columna 1 selecciona las fechas
    En la columna 2 selecciona el último índice " Nacional de la Rúbrica Vivienda en Alquiler (desde enero de 1961)""

    Espero haberte ayudado.


  • Pedro

    inquilino/a

    Hola Amparo:

    Muchas gracias por su pronta respuesta. El contrato es posterior a Junio del 2013.

    Leo aquí

    http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=FRAME_Contenido_FA&childpagename=PortalConsumidor%2FFRAME_Contenido_FA%2FPTCS_contenidoFaq&cid=1354261360674&p=1343064074075&pagename=PTCS_wrapperCR

    "En los firmados a partir del 6 de junio de 2013, las condiciones de la revisión son las que establecen las partes en el contrato."

    Mi pregunta va entonces en ese sentido. ¿Qué sucede cuando la referencia establecida no esta correctamente especificada?

    Muchas gracias
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si su contrato es de 2012, la renta se referencia obligatoriamente al IPC.
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