Si en el contrato se ha pactado que el inquilino paga la comunidad, si la cuota de comunidad sube el inquilino deberá abonar la nueva cuota. Si en el contrato se paga solamente renta, no se puede subir la renta por la subidad de la comunidad. De todas formas le aconsejo que lleve el contrato a un abogado que estudie la cláusula y se la explique.
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