Buenos días, La modificación de la renta mediante anexo del contrato para la prorroga, una vez cumplidos los tres años de obligado cumplimiento es una cuestión controvertida que, en función del juzgado que tocara en el reparto podría entenderse como acuerdo valido o no.... Mi consejo es que notifiques la finalización del contrato y firméis un nuevo contrato de arrendamiento para evitar posibles discrepancias en el futuro. Un saludo
PdC Sociedad Inmobiliaria