Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Jorge

inquilino/a

Subida tardía de alquiler en base al IPC
Buenas. El 12 de Noviembre de 2013 firmamos un contrato de alquiler en el que se especificaba que la actualización del alquiler sería en función del IPC general. Desde entonces no se nos ha subido la mensualidad hasta ahora en Abril de 2016 cuando el propietario quiere subirla 13?. Tengo varias preguntas:
  • ¿Puede subir la mensualidad ahora? 
  • Tengo entendido que no puede exigirnos los atrasos desde Noviembre de 2014 pero, ¿puede exigirme los atrasos desde Noviembre de 2015?
  • He consultado los IPCs de Octubre (IPC vigente a la fecha de firma del contrato) de años anteriores y de hecho deberíamos estar pagando MENOS; 2013/2014 (-0,1), 2014/2015 (-0,7). ¿Es correcto el cálculo?

En caso de no estar en lo cierto, agradecería una explicación detallada de cómo se debería proceder ya que este tema del IPC y la actualización de rentas me resulta muy complejo.
Muchas gracias de antemano.



Un saludo, Jorge
  • Preguntado por: Jorge
  • Hace 8 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Una salvedad
    el 12 de noviembre de 2013,  día de la fecha de su contrato estaba vigente el IPC de septiembre.  El de octubre se publicó justo al día siguiente, el 13 de noviembre (http://www.ine.es/daco/daco42/daco421/ipc1013.pdf)
    Partiendo de eso   Septiembre de 2013 a Septiembre de 2014  -0,2   %
    Septiembre de 2014 a  Septiembre de 2015   -0,9 %

    Puede usted aplicar la bajada pero no cobrar atrasos. La actualización se aplica desde el mes que la parte interesada se lo comunica a la otra parte.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    Su arrendador puede aplicar la subida en cualquier momento, pero siempre a futuro, es decir, NO PUEDE reclamarle los incrementos anteriores.
    No obstante lo anterior, desde el noviembre de 2013 a febrero de 2016 el IPC ha bajado un 3,2%, por lo que su arrendador únicamente puede bajar la renta, nunca incrementarla.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas