Respecto al incremento del IPC, comenzando el contrato de arrendamiento en julio 2008, ¿se incrementa el IPC. en enero?
¿Se incrementa el IPC en enero o como todavía no se sabe el porcentaje exacto a primeros de mes, se ha de cobrar en febrero ya con el incremento y la cantidad del aumento de IPC de enero todo junto?
Habiendo comenzado el contrato de vivienda en julio de 2008, hasta julio de 2009 se no puede variar la renta porque la ley lo prohíbe. Cuando llegue el momento, en julio de 2009, se aplicará a la renta el IPC que se hará público a mediados de junio, aunque se refiere a meses anteriores (artículo 18.1 de la Ley de arrendamientos urbanos).
Si tu contrato es de fecha julio 2008, la revisión y subida de IPC es en julio de 2009 y será el último IPC general publicado por el INE a fecha de contrato.
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