Si no hay pacto de actualización no pueden actualizar. Si lo hay debe ser el ipc del mes de antes del contrato y necesariamente el Indice General nunca el los Subgrupos de Vivienda en alquiler u otros, aunque sea injusto. Tampoco se puede cobrar atrasos de actualizaciones. No se lo pagues aunque es poco a lo mejor no te merece la pena llevarte mal con él.
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