Contesto a sus preguntas:
¿les podría haber subido éste año por encima del IPC? NO
¿O debo seguir esperando a los 5 años? Ese contrato tal como lo describe se acaba, si vd quiere, cuando cumpla cuatro años.
¿Puedo hacerlo el año que viene? Si el contrato le autoriza a actualizar el IPC, puede hacerlo ahora mismo, con efectos del mes que viene. El año que viene puede dar por terminado el contrato y pactar un nuevo alquiler conforme a sus deseos.
¿o tienen que pasar otros 3 años? Reitero lo dicho.
¿puedo hacer una subida que corresponda al IPC acumulado de todos los años que no les he subido? Si el contrato lo tiene previsto, la respuesta es SI Debería leer:
EL DECÁLOGO DEL CASERO