Xisco debo decirle que si su contrato cumpe tres años el 10/03/2017 a su casero le quedan DOS días para comunicarle de modo fehaciente, p.ej. Burofax, su voluntad de dar por termiando el contrato, si no lo hace así su contrato se prorrogará automaticamente otro año. LO mismo ocurrirá el año próximo.
Ahora paso a contestar a sus preguntas
1.- Ya está contestada, incluso con los efectos de que su casero no lohaga.
2.- No es necesario, bastaría que firmarán un anexo al actual acordando es modificación y el nuevo plazo de tres años.
3.- A este respecto la Dirección General de Tributos en consulta vinculante V2469-16 decide sobre este particular que
en lo que respecta a la suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento el 9 de septiembre de 2015, debe señalarse que el nuevo contrato celebrado por la finalización del contrato inicial, se considerará, a los exclusivos efectos de la aplicación de la disposición transitoria decimoquinta de la LIRPF, como continuación del anterior, por lo que no impedirá el derecho a seguir practicando la deducción.
Pedro Hernández Olmo, abogado