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arma

casero/a

¿Puedo aplicar la subida del IPC de los últimos años, ya que no lo hemos realizado?
El piso no se puede actualizar, solo subir el IPC, pero llevamos unos años sin hacerlo, ¿podemos subir este IPC desde la última subida (6 años)?
  • Preguntado por: arma
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (5)
Jaime Feiner Alonso ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Sí, siempre que no se haya renunciado a alguna de las actualizaciones, porque el derecho a actualizar no prescribe hasta que pasan 15 años.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Tot Habitatge

    profesional

    Hola Arma, sí que puedes realizar la subida del ipc por lo que haya subido cada año desde la última actualización es decir 2007 xx + 2008xx+2009 xx =.... lo único que no podrás cobrar los atrasos que haya dejado de cobrar. Un saludo.
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Puede plantear la subida del IPC (actualización de renta) desde la última subida, sin pedir los atrasos, sino sumar los IPC interanuales y aplicar el resultado sobre la renta para hallar la nueva. A veces se ha considerado que solamente se puede aplicar el IPC de los últimos cinco años, pero la postura mayoritaria es la que permite sumar todos.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No hay problema en actualizar desde la última actualización.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    En este caso, la Ley establece que durante los cinco primeros años de vigencia del contrato, se aplicarán subidas anuales según el IPC del mes anterior a la renovación anual. En su caso, es dificil que el arrendatario acepte esa subida con caracter retroactivo, yo no lo haría. Legalmente puede defenderlo pero también el arrendatario podría agarrarse a otra situación.

    Lo mejor es que hable con el arrendatario y le indique el caso, así puede terminar el plazo de 5 años ya que a posteriori, el sexto año puede vd., renegociar el importe de la mensualidad asi como la fianza.

    Un cordial saludo

    Jaime Feiner
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