Al pasar un año de contrato en marzo y tener que aplicar la subida del IPC ¿Qué IPC se aplica el final del año 2008?
o el dato Contrato anual con renovación directa.
Preguntado por:
Antonio Luque
Hace 15 años
Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
MAS ha sido el primero en contestar MAS ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
La actualización, que puede ser tanto subida como bajada de la renta, no debe ser a final de año sino cuando el contrato cumple años, en este caso en marzo. El IPC aplicable será el último que se haya publicado cuando el contrato cumpla años. Hay que distinguir entre IPC avanzado, que suele conocerse por la prensa los primeros días de cada mes pero aún no es oficial, y el IPC publicado, que se publica oficialmente a mediados de mes y que suele confirmar el avanzado.
Si el contrato hay que revisarlo en marzo hay que aplicar siempre el IPC interanual que publica el gobierno todos los meses, es decir, si toca renovar en marzo de 2009, hay que aplicar el IPC que publica el Gobierno de Marzo de 2008 a Marzo de 2009. Este dato sale publicado al mes siguiente, es decir, en Abril de 2009, aprox. a mediados de dicho mes, por lo que si tienes que pagar la renta en la primera semana de cada mes, en el mes de Mayo pagarías la renta ya actualizada más la diferencia de marzo y de Abril.
También se puede hacer aplicando el último IPC conocido , que en este caso, sería el publicado a mediados del mes de Marzo
Puedes ver dicho dato en la propia página del Instituto Nacional de Estadística: www.ine.es.
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