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Si el vencimiento anual del contrato es el 21 de enero, legalmente ¿cuándo y cómo tiene que comunicarle el propietario al inquilino la nueva renta mensual? ¿puede hacerlo en febrero? ¿cómo se sabe lo que ha subido el IPC y cómo se calcula?
Gracias
en este caso debes aplicar la subida desde diciembre 2009 a diciembre 2010 pues es la última publicada en la fecha que te corresponde hacer la subida
no existe plazo para la comunicacion de la subida, pero solo se puede subir la renta desde el momento de la notificacion sin derecho a cobrar los atrasos.
La forma de notificarlo es por escrito, siendo valida la notificacion en el mismo recibo del alquiler.
Para clcularlo hay una herramienta en la pagina del INE, es esta:
http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0