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Tipo de contrato: por temporada
vencimiento: Mayo 2013
alquiler actual: 625€
alquiler si renuevo: 690€
además el contrato incluye una cláusula en la que '[. ] se estipula que la vivienda alquilada no tiene como destino primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario', no sé si esto influye en mi contra para que el arrendador pueda hacer una subida arbitraria de más del 10% por renovar.
Pues siendo asi aun no toca actualizar la renta.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Pedro,creo que no has leído muy bien el "lio"
No es contrato de temporada aunque lo hayan querido hacer pasar por ello
Es un contrato de vivienda habitual,ya que está empadronado en ella y hayan escrito lo que les haya dado la gana ,a los doce meses se prorroga automáticamente otros 12 y así hasta el 5º año y sólamente se podrá aumentar ,después de avisar ,el IPC cada año
Pedro, me parece que te estás equivocando.
Por mucho que el contrato diga que es "de temporada", por lo que sé, no cumple los requisitos para serlo, y a todas luces parece ser un burdo intento de darle una vuelta a la ley.
De hecho, si fuera de temporada, debería estar pagando el iva, por poner un ejemplo.
Es que no hace falta saber como se actualiza porque no hay que actualizar ninguna renta. Primero porque no ha pasado un año y segundo porque el titulo segundo de la lau es para arrendamientos de vivienda, no de temporada.
El contrato termina y tu obligacion es marcharte. Ahora bien, si llegas a un acuerdo para quedarte lo que hay que hacer es un contrato nuevo donde se pactaran de nuevo todas las condiciones, incluido el precio, que logicamente el casero pretende que sea superior al anterior.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Hola ofm:
le sugiero que lea el último enlace de mi anterior respuesta. Le ayudará a entender cómo se actualiza la renta.
reciba un cordial saludo.
Hola Jan,
He estado echando un vistazo a los enlaces y más o menos corroboran lo que apunta Crazyh, en el contrato debería aparecer el motivo de la temporalidad y la residencia habitual del arrendatario, cosa que no se nombra en ningún momento.
amparo, con respecto al cálculo del ipc encontré la página del gobierno para calcularlo, de todas maneras los datos son:
fecha inicio: 7/6/2012
fecha fin: 6/5/2013 (11 meses exactos)
gracias a todos
Hola ofm:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
reciba un cordial saludo.
Hola Crazyh, no hay ni motivo de temporalidad ni se nombra otra vivienda en el contrato, a ver qué pasa.
Aparte, me estaba preguntando cómo me han dejado empadronarme en el ayuntamiento con este contrato como prueba de residencia si se supone que no es mi vivienda habitual...
Estoy de acuerdo con lo que te ha dicho c r a z y h
dinos cuándo se firmó el contrato, por cuántos meses, y te diremos cuánto tienes que pagar por la actualización de ipc
saludos - Papeleos Alquiler.
Estoy de acuerdo con lo que te ha dicho Crazyh
Dino cuándo se firmó el contrato, por cuántos meses, y te diremos cuánto tienes que pagara por la actualización de ipc
Saludos - Papeleos Alquiler.
El contrato expone algún motivo de esa temporalidad? Expone la vivienda habitual u otro domicilio del arrendatario?
Porque si es solo que en el contrato "pone", lo lleva claro para intentar burlar la ley tan facilmente.
Si es tu vivienda habitual, tienes derecho a permanecer en la vivienda hasta 5 años, con lo que ni se termina ni hay que renovarlo, porque se renueva automáticamente si no dices ( el inquilino) lo contrario, y así hasta el quinto año, que será el único que el arrendador podrá darlo por finalizado previo aviso.
Y hasta ese quinto año, la renta se actualizará mediante el incremento del ipc que corresponda.
A todo lo demás, oidos sordos.
Es que un contrato distinto de vivienda. No se "renueva". Se termina
ahora deberíais firmar otro.
salvo que sea tu vivienda. ¿lo es?