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Por favor necesito una aclaración, encuentro que por un lado se dice que lo pueden pactar ambas partes, pero ésto además de ambiguo,¿ que poder le queda al arrendatario en ésta situación sino que acatar ?. Y por otro, que puede revisar la renta al cabo de tres años, y mientras .¿Cuál es lo cierto de todo esto?.
Hola Begoñita:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
javiersantander le ha dado la respuesta exacta por duplicado y usted ni caso
Ha leido la noticias que apareció en prensa sobre la reforma de la ley de arrendamientos, reforma que sigue en tramitación y que desde luego no afectará a los contratos firmados antes de que entre en vigor.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Hola a todos, entiendo q no haya nueva ley pero recuerdo haber leido que ahora la subida del IPC no es obligatoria o algo así? ha cambiado algo de toda manera pero no se que exactamente..estoy hablando de algo de hace unos meses.
Alguien me puede aclarar?
gracias!
No existe nueva ley. La que está vigente es de 1994 y el alquiler solo se puede actualizar en base al ipc cada año durante los primeros 5 años