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Si un contrato se firma en enero de pro ejemplo 2000, se que al cabo de un año se le aplica a la renta la subida del IPC, pero como el IPC sale tarde en el mes en curso, se hace al mes siguiente, que seria en este caso febrero, pero tambien se le puede sumar la subida del mes de enero o solo se aplican las subidas para el mes siguiente a la fecha de contrato?
Y otra pregunta, si hace años que no paga el IBI por problemas de liquidez y la crisis, se le puede reclamar ahora?
gracias
Gracias por vuestra informacion!!
Como ya se le ha mandado el recibo de este mes y s firmo contrato en febrero, esperare a marzo para hacerle la subida del IPC correspondiente, cogiendo el mes de enero como referencia y aplicandoselo a esta renta, sin poder cobrar la subida de este mes...llego un poco tarde, pero aun asi, muchs gracias!!
Si se trata de un local, la forma de actualizar la renta es la que se haya pactado en el contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias por todo...la unica duda que tengo es que es un local, sigue siendo igual la subida? en el mes de enero le tendria que aplicar la subida del IPC del mes anterior, es decir, diciembre?
gracias de nuevo
hola s:
en el siguiente enlace encontrará toda la información sobre la actualización de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda permanente:
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
email1:: armandogarcia@ical.es
Hola s:
en el siguiente enlace encontrará toda la información sobre la actualización de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda permanente:
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email1:: armandogarcia@ical.es
Email2: letradoalquileres@hotmail.com
http://letradosalquileres.es.tl
La subida del ipc se le aplicaría en el mes de enero pero se actualiza con el último valor publicado en el boe que sería del mes de diciembre o de noviembre. Si se lo comunicas en febrero no puedes cobrarle por ejemplo la subida con caracter retroactiva de enero.
Si el Ibi no lo ha pagado, y tu se lo has ido dejando pasar ahora no se lo puedes reclamar más que en el juzgado, o podeis llegar a un acuerdo por escrito en el que se compromete pagar una pequeña cantidad más cada mes por el ibi.