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Estimados, desde el 26 de octubre del año 2009, arriendo un departamento a traves de la dueña que ademas es la corredora, desde esa fecha jamaz me habia reajustado el canon de arriendo, sin embargo ayer me llego un correo por parte de la dueña indicandome que se reajustaria el valor a partir de agosto del presente por un valor estimado unilateralmente, mencionando que esto se debia al IPC que nunca habia aplicado, restando y sumando los IPC del 2009 a la fecha el valor es inferior al que ella reclama, estoy consiente que ella nunca realizo los reajustes, pero encuentro invasiva la forma de realizar el reajuste de un dia para otro, no me niego a reajustar el IPC acumulado pero dentro de los rangos que corresponden y dentro de un aviso prudente ya sea de un mes para otro, mas encima que ella esta considerando IPC de este año que aun no corresponde reajustar, por lo anterior si me pueden orientar con lo que me aqueja. saludos cordiales
Hola Raul:
Si estamos hablando de un alquiler realizado en España le sugiero la lectura del siguiente enlace:
reciba un cordial saludo.
1. - Con ese aviso debe bastar de hecho la lau señala que bastaría con Nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
2. - la actualización comprende desde el inicio del contrato hasta el ultimo dato de ipc publicado.
en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Estimada Amparo, se agradece la informacion, sin embargo una consulta mas que hacer, significa que con el aviso qeu me dio el dia de ayer basta y sobra??? la sueña deberia cobrar el IPC desde una vez el año cumplido en adelante, esto quiere decir desde noviembre de 2010 a noviebre de 2012, ya que el periodo de este año corresponde en noviembre de 2013, agradece de ante mano tu respuesta ya que quiero responder y cumplir, pero con lo que corresponde saludos cordiales.
Puede ajustar el IPC de los años que no lo hizo. Basta con que se lo avise el mes anterior, hoy por ejemplo, para el mes siguiente (agosto) pero no puede pedir "atrasos", es decir, los ipcs puede actualizarlos, desde ahora en adelante.
Saludos - Papeleos Alquiler.