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Me acaba de mandar una carta la dueña de la casa, diciendo que segun la actualizacion del IPC del 1 de julio de 2010, que me sube un 1,9% y que le debo la subida de los meses julio, agosto, septiembre octubre y noviembre. Y que en diciembre tengo que ingresar la nueva renta (ya con la subida) y los atrasos de esos meses. Es correcto? Llevo desde el 1 de julio de 2008, y nunca me habían subido nada.
Hola SARA:
Conforme a los datos aportados la respuesta a su pregunta es la siguiente:
1º) Para la primera actualización(como es su caso) el índice de referencia será el de Mayo de 2008, pues ése es el que se hallaba publicado en el INE en la fecha de celebración del contrato.
2º) El periodo a actualizar será: IPC Mayo 2008 a IPC Mayo de 2010.
3º) Comunicación de la actualización de la renta. Al ser la que usted ha recibido errónea, calcule usted la correcta y comuníquesela a su arrendador.
Por lo tanto su Arrendadora podrá acumular los IPcs de los años anteriores. A lo que no tiene derecho es a reclamar la diferencia("atrasos") entre la renta que cobró y la que hubiese resultado de haberla actualizado en su momento.
Reciba un cordial saludo
Reciba un cordial saludo
Contestada hace 2 semanas
Le puede subir la renta de acuerdo con la variación del IPC, pero no puede reclamarle atrasos por no haberlo notificado en su día.
Esto es, a partir del próximo mes a la notificación usted deberá pagar la renta de acuerdo a lo que ha modificado el IPC; pero el arrendador no podrá exigirle atrasos por no habérselo notificado antes.
Saludos cordiales.