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Maria G

inquilino/a

¿Cuánto me debería subir el alquiler si el 1 enero hago el año y pago actualmente 490 e?

¿Cuánto me debería subir el alquiler si el 1 enero hago el año y pago actualmente 490 e?

  • Preguntado por: Maria G
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Parece ser que el IPC de noviembre no se publicará hasta mañana. Tendrás que esperar un día mas. :-)

  • manuel josé

    casero/a

    Ve   a

    www.ine.es   IPC     ¿Actualizar renta?

    Año inicial Año final  Renta  Inicial

    Si fecha del contrato e antes del  13  o 14  pones mes antepenúltimo.

    Si es posterior pones  mes penúltimo.

    Puedes calcularlo y comunicárselo tú.

    Te adj:

    "Artículo 18. Actualización de la renta
    1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
    2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
    3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al 'Boletín Oficial' en que se haya publicado.
    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente."
    Saludos,

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El IPC que es de aplicación a los contratos de fecha 1 de enero, es el de noviembre. Aún no se ha publicado, se publicará probablemente mañana lunes.

    Seguramente sea negativo, es decir, que tendrás que ser tú quien se dirija a tu arrendador y le comunique que en función al IPC de NOVIEMBRE (-xx%) la renta a pagar a partir de enero será xxx €.

    Si el IPC fuera positivo, que no creo, será tu casero quien te comunique la nueva renta.

    Tanto en un caso de que sea negativo, como aún más en caso de que fuera positivo, la variación será minúscula.

    Saludos - Papeleos Alquiler

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