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JS

inquilino/a

A mi casero se le olvidó subirme el alquiler el año pasado y ahora me reclama el importe con efectos retroactivos. ¿Es legal?

Tengo contrato desde abril de 2010. El año pasado no me subió el alquiler y ahora (mayo 2012) me reclama la diferencia que hubiera pagado si me lo hubiera subido y me quiere aplicar las dos subidas (2011  y 2012) al importe de mi alquiler.

 

¿es legal? No me debería haber informado cuando tocaba la subida? No puedo pagar ese dinero ahora y quiero saber si legalmente tengo razón.

 

muchas gracias

  • Preguntado por: JS
  • Hace 12 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (5)
javiersantander ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • JS

    inquilino/a

    Muchas gracias!

    • Respondido por: JS
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    por si te queda alguna duda ( o a tu casero) esta es la ley:

    3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado.

    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.

    Echale un vistazo a esto:

    http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Un placer ayudarte.

     

  • JS

    inquilino/a

    Muchas gracias Javier, ya me parecía que no tenía mucho sentido que me reclamara el dinero de forma retroactiva.

     

    gracias por la rápida respuesta!

    • Respondido por: JS
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    te puede subir la renta por el IPC de los dos años pero no puede reclamarte los atrasos. La subida de la renta solo es aplicable desde el momento de su notificacion.

    Los atrasos los pierde por no haberte notificado la subida en su momento.

     

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