Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Gracias.
Hola,
técnicamente se utiliza el último IPC conocido a la fecha de firma. El 15 de noviembre se conoce el IPC de Octubre, por lo que ese será el índice de referencia a utilizar.
Opcionalmente se puede usar el IPC de la fecha de contrato, pero es algo más engorroso ya que hay que esperar a Diciembre para conocerlo.
Espero haber ayudado.
Se deberá atender al último IPC publicado en el momento de la firma del contrato. En su caso, éste correspondería al IPC de octubre.