joanifumi partiendo de que en ese edificio no existe Comunidad de propietarios, ya que, según dice vd, es propiedad de una sola persona, los gastos que el dueño haya realizado en el edificiodeben correr de su cuenta y no puede repercutirlos a los inquilinos, salvo que se trate de una alquiler de "renta antigua", cosa que no especifica, en cuyo caso habría que conocer mas datos para responder con seguridad.
Pedro Hernández Olmo, abogado