Buenos días, En primer lugar habría que ver como esta estipulado en el contrato la clausula de actualización de la renta, puesto que si no aparece no se puede actualizar y por otro lado, la redacción de la LAU94 en ese momento permitía libertad total de pacto. Si se ha establecido la actualización en base al IPC que estuviera vigente en el momento de la actualización o el del momento de la firma del contrato (sería el mismo en ambos casos), esta bien cogido el mes de febrero, puesto que el IPC de marzo se publica a mediados de abril, por lo tanto en ese momento el publicado es el de febrero.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.