Si tienes un contrato
nuevo, firmado este mes...
debe respetar la renta que figure en el nuevo contrato.
Y hasta que no cumpla
un año no podrá ser actualizada.
Esa cláusula que te ha "colocado" tu arrendador es
nula porque te perjudica con respecto a lo que estipula la LAU (en particular lee el punto 3 del artículo 18):
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18