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Os pongo en antecedentes:
Estamos viviendo en un piso desde hace 2 años. El primer año éramos tres chicas, el segundo una de nosotras se fue y vino un chico, y este volvemos a ser tres inquilinos distintos. Se nos han hecho tres contratos, firmados con titulares distintos e incluso con precios distintos: es decir, lo que nosotros consideramos tres contratos nuevos a todos los efectos, aunque sean consecutivos.
El caso es que el casero cree tener derecho a una actualización en base al IPC por considerar que los contratos son... solo para dejar constancia del cambio de titulares; y nosotros sostenemos que no, porque tenemos un contrato firmado datado de 15 de septiembre de 2012. De hecho quería hacer constar la actualización en el contrato, cosa que ya nos negamos a aceptar.
¿Quién tiene razón o qué recursos tenemos en caso de que al final se decida a notificar la actualización?
Hola hegde:
sin perjuicio de las respuestas anteriores le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Al firmar otro contrato nuevo, con fechas de Septiembre de 2012, no os puede actualizar la renta hasta Septiembre de 2013.
La renta se actualiza al transcurrir el primer año de contrato, cosa que no es el caso ahora tras firmar nuevamente.
pedro Martinez
Abogado