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Nira86

inquilino/a

Actualización alquiler variación IPC
¡Hola! Quería saber por favor si legalmente se le puede exigir al casero que sí actualice el precio del alquiler (firmado en junio 2015) ya que el IPC ha bajado y en el contrato si aparece que se revisará anualmente según las variaciones del mismo.  Alega que éste año mantendrá el mismo precio y ya está y tengo la certeza de que de haber subido ya se hubiera encargado de avisarlo. 
Qué se puede hacer en éstos casos, legalmente son impunes a hacerse los suecos cuando baja y cuando sube si lo suben y no puedes negarte a ello? 
Gracias de antemano 
  • Preguntado por: Nira86
  • Hace 8 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nira le vendrá bien leer
    EL DECALOGO DEL INQUILINO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No. Quiere decir que se actualiza anualmente según IPC
  • Nira86

    inquilino/a

    Hola! Buenos días , muchísimas gracias por su tiempo y respuesta.
    Según refleja el contrato se firma el 1 de julio aunque entramos antes pagando días sueltos ...

    En el contrato, en el apartado "Renta" aparece reflejado que la renta se actualiza al cumplir el año de la fecha de firma según las variaciones del IPC  y después en el apartado "Duración " aparece que dura tres años (hasta julio 2018) y que si ninguna de las partes avisa con antelación que no desea seguir se continúa y actualiza anualmente según las variación del IPC. 
    Quiere decir esto que no pueden subirlo en estos tres años ni bajarlo pero al pasar los tres años si ? 
    Muchísimas gracias de nuevo por su gran ayuda 
    • Respondido por: Nira86
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como bien le señala Amparo, su casero debería leer la ley y concretamente el art 18, donde podrá ver qie la actualización puede hacerla el casero o el inquilino. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si firmó el contrato en los primeros días de junio de 2015, y se pactó como índice de actualización el IPCGN, la variación del de abril, que es el que estaba publicado a primeros de junio, es del -1,1%
    Lea el contrato antes de hacer nada. 
    Si es como le he dicho, p uede comunicar en las observaciones de la próxima transferencia esta variación como justificante de la reducción de la renta.
    Saludos -  Papeleos Alquiler
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