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Mi contrato de alquiler se celebró el 1 de octubre de 2008, y con fecha 14 de octubre de 2010 nuestra casera nos nostificó mediante carta la actualizacion de la renta con el IPC Sep 2009 - Sep 2010, que supone una subida del 2.1%. Sin embargo el año pasado no nos actualizó.
Creo que le debemos solicitar que la renta inicial la actualice en relación al IPC 2008-2009 y después sobre esta aplicarle el IPC 2009-2010; pero sobre el IPC de qué mes? El de Agosto o el de Septiembre?
En mi opinión lo que ha de hacer el inquilino es comprobar que la subida corresponde con el indice que se toma como referencia, no vaya a ser que el casero se "despiste" y ponga algo más
La comprobación tanto es del casero como del arrendatario porque después uno no puede cobrar más, ni el otro exigir devolución.
Art. 18-3.- ... la parte interesada lo notifique a la otra parte
saludos,
Hola Amesof:
El periodo correcto a actualizar es IPC Agosto 2008 IPC Agosto 2010.
Inserte esos datos en el enlace facilitado por la Sr Mari Lolis y obtendrá el porcentaje de actualización aplicable, el cual deberá pagar en el mes de Noviembre de 2010.
Reciba un cordial saludo
tu mismo puedes calcularlo
http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0
pones renta a actualizar de septiembre/08 a septiembre/10 (es septiembre porque es el último dato estadistico) y ya te da la cantidad exacta a pagar.
Sale el 1,1% 1.011 euros
Amesof, la opción a) y la opción b) dan el mismo resultado: el 1% sobre la renta actual
Saludos - Papeleos Alquiler
Mejuto... Mi casera ya se ha preocupado en actulizar la renta pero no estoy de acuerdo con el cálculo que ha hecho. Ella le interesó actualizarnos la renta el año pasado porque el IPC era negativo.
Mi duda es que si mi renta inicial era de 1000€ en un contrato del octubre 2008, qué debo pagar exctamente ahora.
Usted NO tiene que actualizar NADA esa es una labor del casero, si no lo hace, que le preocupa a usted? y la suma del ipc va sobre el resultado de la actualización del año anterior y así sucesivamente, NO es sobre la renta inicial
Amparo BB... Mi casera tiene tela... pero una duda, qué hago?
a) Aplico el 1% sobre la renta inicial
b) Aplico el -0.8% a la renta inicial y sobre esta renta actualizada el 1.8%
Recordarle que el IPC NO tiene carácter RETROACTIVO por tanto si no le renovaron según el ipc el año pasado ya no se lo pueden actualizar, le podrán actualizar el de este año, quizás el del año pasado no lo hicieron porqué era negativo y se lo tenían que haber bajado, tampoco lo podrán reclamar porque como le digo no tienen carácter retroactivo, el de este año han de tomar la referencia de septiembre y lo ha de hacer el casero, en ningún caso ustedes, si no lo hace en este mes pierde la posibilidad de hacerlo y no podrá realizar dicha actualización hasta el año próximo
Tu casera te está aplicando únicamente el ipc de septiembre de 2009 a septiembre de 2010.
Pero si tu contrato es de 1 de oct de 2008, le corresponde actualizarse la renta con el IPCGN de agosto
Agosto 2008-2009 -0,8%
Agosto 2009-2010 +1,8%
Total a actualizar..... 1%
Permíteme que te diga que, o realmente no sabe, o es una listilla.
Saludos - Papeleos Alquiler