Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Debido a la inseguridad que vivimos , alguien que no podemos determinar rompió un vidrio del garage de la casa.
A mi juicio no es un problema de costo sino de responsabilidad y considero que imputarle al dueño esa responsabilidad no es factible.
La clausula que invoca parece reiterar algo lógico, el casero no es responsable de los robos que ocurran en la vivienda.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Como me ha surgido un problema parecido me animo a participar en esta cuestión que abrió jlp.
¿Si la reparación fuera superior a cien euros a quién le correspondería?
Si en el contrato una de las claúsulas establece que el inquilino debe contratar una póliza de seguro de lo contrario tiene que asumir los gastos de los incidentes que se pudieran producir ¿es válida dicha claúsula?
Está claro que el casero no tiene responsabilidad en esa fractura por lo tanto corresponde al inquilino, por otra parte cabe considerarlo 'pequeña reparación' para eso es conveniente tener un seguro.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).