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Ainhoa

inquilino/a

Puedo negarme a que el propietario instale el gas natural?
Buenas tardes Me dirijo a ustedes por qué mi propietario quiere instalar el gas natural, los vecinos también lo van hacer. Pero en mi piso solo se pondrá la instalación, sin contratar los servicios ya que el propietario y yo no tenemos buena relación, por tanto quiere que yo me coma la instalación pero que hasta que yo no me vaya no va a poner los servicios.. por tanto yo no los disfrutaría. 
Puedo negarme sin consecuencias por no dejar entrar a los instaladores para preinstalar el gas mientras que yo siga aquí en la vivienda? El me ha amenazado con denunciarme si no le permito la instalación, es posible que pueda denunciarme y a mí me traiga esto consecuencias? En caso de ser así, por qué vía podría denunciarme y qué consecuencias me traería? Yo le he dicho que se espere a que yo me vaya y que él lo ponga cuando quiera pero conmigo aquí no. 
Por favor agradezco la información. Saludos.  
  • Preguntado por: Ainhoa
  • Hace 8 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esto dicevla ley respecto a las obras de mejora: Artículo 22. Obras de mejora 1. El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento. 2. El arrendador que se proponga realizar una de tales obras, deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras. 3. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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