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Tenemos una cláusula en el contrato a la que se acoje la casera en la que se indica que no se hará cargo de ninguna reparación, pero el sofá cama no está bien desde que entramos y ha terminado por romperse. El otro sofá tampoco está en condiciones y la tv, bastante vieja, dejó sin funcionar. No hemos dado mal uso a nada, de hecho hemos pintado (tampoco tenía presupuesto para eso), hemos puesto lámparas, colocado muebles nuevos en la casa, comprado bombillas.. en definitiva, está mejor ahora que cuándo entramos. El contrato no sé que validez tiene ya que a la hora de la declaración le solicité el resguardo del IVIMA y me dijo que no tenía declarado el piso. Tampoco hay inventario alguno, sólo se dice que tiene muebles y electrodomésticos, ¿podemos exigirle que nos reponga el sofá y la tv? Muchas gracias
Coincido con mi compañero Pelayo. No hay una regla "automática" que permita determinar a quien corresponde la reparación de un elemento de la casa.
Además hay otro problema y es que normalmente no compensa desde el punto de vista económico. Por ello insisto en que coincido con la respuesta dada.
Buenos días,
De conformidad con la Ley, el arrendador debe realizar las reparaciones necesarias para que la vivienda sirva para el uso convenido. En este caso concreto, y dado que parecen cuestiones de obsolescencia de los bienes incluidos en la casa, puede entenderse que dicha obligación correspondería al arrendador (aunque quizás el sofá cama sea más discutible porque ha terminado de romperse por su uso).
No obstante, deben valorar que si se niega a la reparación poco podrán hacer más que iniciar un procedimiento judicial, lo que les conllevaría mayores costes. Mi consejo sería que firmaran un acuerdo con el arrendador para que les retire dichos objetos y les permita incorporar unos nuevos de su propiedad que puedan llevarse a la finalización del arrendamiento.
No tiren ningún mueble sin la expresa autorización por escrito del arrendador, ya que podrían tener problemas a la finalización del arriendo.