Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tenemos una fuga de agua del vecino, y la habitación no puede utilizarse en 15 dias o asi. La persona de la habitación está durmiendo en el sofa. ¿se le puede exigir al arrendador que no nos cobre la parte proporcional? ¿la ley nos ampara aunque alquilemos el piso entero y no por habitaciones?
Muchas gracias
La ley os ampara siempre que tarden en realizar la reparación más de 20 días.
Dice así:
Artículo 21. Conservación de la vivienda
...
2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
Aquí tienen el artículo completo
Saludos - Papeleos Alquiler