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Se va a reparar las tuberias bajantes del edificio en general, asi como los pilares, ¿puedo cobrar esta derrama a mi inquilino o subir el alquiler por este motivo?, agradeceria mucho me aclarasen la duda. Gracias.
Hola Paco:
Coincido con la respuesta de mi compañero pholmo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
De acuerdo con la fecha que señala ese contrato está sujeto al Decreto Boyer, teoricamente se encuentra en prorroga anual, si es así debiera negociar con el inquilino ese tema de las obras e incluso la renovación de su contrato
De todas formas habría que leer ese contrato antes ninguna actuación.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ tengo tratados esos temas y estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola de nuevo, la fecha del contrato de arrendamiento de la vivienda es del 07-11-1988
Por favor Paco fotógrafo, diga la fecha del contrato y si se trata de arrendamiento de vivienda.
saludos - Papeleos Alquiler.