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Alquilé una oficina y acorde verbalmente con la administradora que cambiaría las persianas a mi gusto ( las de la propiedad estaban rotas y sucias). Ahora se vence el contrato, no quiero renovarlo y la administradora dice que las persianas pasan a la propiedad o no me devuelve la fianza.
Puede hacer eso, cuando las persianas las compré y las instalé yo? con su visto bueno? No se entiende una persiana como mobiliario? Tengo un email donde me dice que puedo tirar las viejas
Gracias
Como dice PHOLMO son un bien mueble en la medida en que se pueden trasladar de sitio sin menoscabo de la persiana ni del inmueble en que se encuentran. Si tienes un correo autorizándote a tirar las persianas viejas, nada te podría reclamar por ese concepto. Manda un burofax, con aviso de recibo reclamando la fianza advirtiéndole que si en el plazo que se señales para ello no lo hace, se lo reclamarás judicialmente. Otra cosa es que luego te compense hacerlo.
Por si le ayuda le transcribo lo que dice el cc sobre bienes muebles:
se reputan bienes muebles los susceptibles de apropiación no comprendidos en el capítulo anterior, y en general todos los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/